DISPOSITIVA.
Por todas las razones antes expuestas, este Tribunal de Control N° 01 del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal Del Estado Portuguesa Extensión Acarigua, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO, en la causa seguida al adolescente: IDENTIDAD OMITIDA ampliamente identificado en autos, ello de conformidad a lo establecido en el artículo 562 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Notifíquese a las partes de la presente decisión.
Dictada, firmada y sellada en el Tribunal de Control N° 01 del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente. Extensión Acarigua. A los Treinta y uno días del mes de Septiembre del año dos mil cinco.
La Juez de Control No. 01.
ABG. CARMEN XIOMARA BELLERA
LA SECRETARIA.
ABG. MIRIAN JIMENEZ