DISPOSITIVA
Con base a las consideraciones que anteceden, este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal, en Función de Control No. 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa con sede en Guanare, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos:
1.- Califica como flagrante la aprehensión de que fue objeto el ciudadano JACKSON JOSÉ RODRÍGUEZ PINEDA, venezolano, mayor de edad, de 24 años de edad, nacido en fecha 24-11-1981, titular de la cédula de identidad N° V-16.647.715, y residenciado en el Barrio 19 de Abril, sector 2, calle 2, casa sin numero, de esta ciudad de Guanare del Estado Portuguesa
2.- Decreta la Libertad sin Restricción alguna del ciudadano JACKSON JOSÉ RODRÍGUEZ PINEDA al haberse desestimado las calificaciones jurídicas atribuidas por el Ministerio Público.
Remítanse las actuaciones al Fiscal del Ministerio Público, transcurrido el lapso legal para recurrir.
Diarícese.....