DISPOSITIVA
Por las razonamientos antes expuestos, éste TRIBUNAL, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY decide homologa la conciliación y se imponen las siguientes obligaciones al adolescente IDENTIDAD OMITIDA1: A. residir en un lugar determinado, en caso de cambio de residencia informar al tribunal. B. Someterse al cuidado y vigilancia de su representante legal. C. Prohibición de salir luego de las 10:00 p.m. D. Realizar actividad productiva, bien sea trabajar o estudiar, debiendo aportar constancias cada 3 meses. E. prohibición de portar armas de ningún tipo. F. Prohibición de manejar vehículo. G. prohibición consumir bebidas alcohólicas, droga o cualquier otra sustancia nociva que atente contra su salud física y mental. H. No tener ningún tipo de comunicación con la víctima. I. Prestar servicio comunitario por el lapso de 4 meses, en la Parroquia Divino Niño de la Parroquia El Trigal. Líbrese Oficio a la parroquia Div.....