este juzgador, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: INADMISIBLE la acción de Amparo Constitucional intentada por la ciudadana MIRELLA DEL CARMEN GUEVARA MADROÑERO, titular de la cédula de identidad Nº V-10.644.611 contra ARTURO BASTIDAS, BRICEIDA SARACUAL, JOSE ALÍ ARCHILE Y ZONA EDUCATIVA DEL MUNICIPIO ESTELLER ESTADO PORTUGUESA identificados en autos.