En razón de estas consideraciones, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la INHIBICIÓN planteada por la Juez Suplente Especial del Juzgado Segundo Ejecutor de Medidas de los Municipios Guanare, San Genaro de Bo conoìto, Sucre y José Vicente de Unda del Primar Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Abogada Joham Eli Quiñones Betancourt, fundamentada en el Ordinal 12, del Artículo 82 del Código de Procedimiento Civil; todo de conformidad con lo estatuido en el Artículo 62 Ley Orgánica del Poder Judicial. En consecuencia, remítase copia certificada de esta decisión a la Juez Inhibida y al Tribunal que continuará conociendo de la presente causa, vale decir al Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios Guanare, San Genaro d.....