en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: LA CONFESION FICTA y en consecuencia CON LUGAR, la demanda de RECONOCIMIENTO DE DOCUMENTO PRIVADO, interpuesta por el ciudadano CARLOS JULIO ROA RAMIREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. 5.250.880, contra la ciudadana YOLANDA DEL SOCORRO SIGALA MARTINEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-3.861.065. En consecuencia SE TIENE LEGALMENTE POR RECONOCIDO el instrumento privado de fecha 23 de Febrero del 2021, que riela al folio cuatro (4) del presente expediente, suscrito por la ciudadana YOLANDA DEL SOCORRO SIGALA MARTINEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-3.861.065. Contentivo del negocio jurídico de compra-venta, de un inmueble constituido por un inmueble de su propiedad conformado por una oficina distinguida con el N°. 1-20, ubicado en el ala norte del edificio CENTRO PROFESIONAL ARCA, la cual e.....