Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO:CON LUGAR la Solicitud de Divorcio 185 propuesta por la ciudadana: Berta Ramona Rodríguez Velázquez, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 15.308.845 de este domicilio de conformidad con lo establecido en el artículo 185 del Código Civil.
SEGUNDO: Como consecuencia de la anterior declaratoria, queda DISUELTO el vínculo conyugal contraído con el ciudadano Meller José Nuñez, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 13.947.929, en fecha veintidós de octubre de dos mil cuatro (22/10/2004) por ante Registro Civil de la Parroquia San Juan de Guanaguanare del Municipio Guanare, del estado Portuguesa
PUBLÍQUESE Y REG.....