DISPOSITIVA
Sobre la base de todo lo antes expuesto y conforme a lo establecido en los artículos 645 y 647 literal "h" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, este Tribunal de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa. Extensión Acarigua Sección Adolescentes, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara a favor del ciudadano, IDENTIDAD OMITIDA, antes identificado, el CESE de la medida de Libertad Asistida Y Reglas de conducta, en consecuencia, se ordena el archivo del presente asunto una vez que conste en autos las resultas de las respectivas notificaciones.
Notifíquese, publíquese, diarícese y déjese copia.
Dictada, firmada y sellada en la sede de este Tribunal de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa. Extensión Acarigua. Sección Adolescentes, a los 07 días del mes de Abril de 2009.
JUEZ DE EJECUCION TEMPORAL.
Abg. ERASMO QUIJADA ROSAS
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