Este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en función de Juicio N° 02 del Circuito Judicial Penal Extensión Acarigua, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA seguida a quién en vida respondiera al nombre de ADALBERTO CARVAJALINO CASTRO, ya identificado, por la comisión de los delitos de ROBO A MANO ARMADA EN GRADO DE COMPLICIDAD Y EXTORSIÓN EN GRADO DE TENTATIVA, previstos y sancionados en los artículos 460 y 461 del Código Penal en concordancia con el segundo y primer aparte del artículo 80 eiusdem, en su orden, perpetrado en perjuicio del ciudadano JONATHAN MANUEL MAGAÑA FIGUEROA, por muerte del referido ciudadano, de conformidad con lo previsto en el artículo 318 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con lo establecido en el Ordinal 1° del artículo 48 Eiusdem.
Contra esta resolución podrán apelar las partes.
Notifíquese al Fiscal del Ministerio Público, al defensor y a la.....