Por las razones antes expuestas, este Juzgado Primero Superior del Circuito Judicial del Trabajo del estado Portuguesa, con sede en Guanare, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SE HOMOLOGA LA TRANSACCION interpuesta por la Abogado SARAHI MONTILLA, identificada con matricula de Inpreabogado Nº 143.005 con su carácter de apoderada judicial de la Procuraduría del estado Portuguesa y por la otra parte el abogado MALVIT ZARATE identificado con matricula de Inpreabogado Nº 122.932 apoderado judicial de las partes actoras, ciudadanas VICENTA MONTILLA, CARMEN ANTONIO JIMENEZ, MARIA FELICITA RODRIGUEZ, DIOSA COROMOTO PEREZ, MARIA CATALINA HERNANDEZ y BIBLIA COROMOTO RIVERO.