DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos expuestos, este Tribunal de Control Nº 1, del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa. Sección Adolescentes. Extensión Acarigua, Administrando justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA MEDIDA DE PROTECCION EXTRAPROCESO, a favor de quien figura como víctima en la investigación penal seguida por ante la Fiscalía Quinta del Ministerio Público del Segundo Circuito del Estado Portuguesa bajo el Nº 18-F5-2C-194-10, consistente en, brindarle Patrullaje Policial con funcionarios adscritos a la Comisaría de la zona policial Nº 2 de los Municipios Páez y Araure del Estado Portuguesa en el sitio donde labora el ciudadano: GUERRA VICTOR ARSENIO, venezolano, soltero, de 51 años de edad, titular de la cedula de identidad Nº 4.916.113, domiciliado en la Urbanización Bellas Artes, calle Arturo Michelena, calla 8, Municipio Páez del Estado Portuguesa, es decir en la Unidad educativa Nacional "C.....