DECISIÓN
Por las razones antes expuestas y en mérito de las anteriores consideraciones, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley DECLARA CON LUGAR, la acción de Divorcio intentada con fundamento en la causal segunda del artículo 185 del Código Civil vigente, interpuesta por el ciudadano ANTONIO CLARET OLIVO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº 4.240.666, contra la ciudadana LAURA MARINA VARGAS MARTINEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 4.409.041. En consecuencia, se declara disuelto el vínculo conyugal contraído por ante el Juzgado del Municipio Moran del Estado Lara, en fecha 23/03/1990. De conformidad con lo establecido en el artículo 173 del Código Civil venezolano vigente, se declara disuelta la comunidad de gananciales existente entre las pa.....