DISPOSITIVA
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS PAEZ Y ARAURE DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR la Solicitud de Divorcio propuesta por los ciudadanos: JANNY JANETT VALLADARES y JOSE ROLANDO LUCENA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros V-13.585.470 y V-14.001.504, respectivamente, la primera domiciliada en el barrio el Triangulo del Municipio Páez del estado Portuguesa y el segundo en la urbanización Durigua 2, avenida 5, casa N° 50, Acarigua estado Portuguesa, debidamente asistidos en este acto por la abogada Ylse María Rojas, inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nº 149.897, de conformidad con la Sentencia de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, de fecha 18 de Di.....