DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, esta Sala Única de la Corte Superior de Responsabilidad Penal Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la Abogada NORIS OJEDA ALVINS, en su condición de apoderada judicial de la víctima, OSWALDO BRUNO, en contra de la decisión dictada en fecha 13/02/13, por el Tribunal de Ejecución de la Sección de Responsabilidad Penal de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua, mediante la cual se revisó la sanción de Privativa de Libertad que pesaba sobre el adolescente (identidad omitida por razones de ley) y se le sustituyó por la sanción de reglas de conducta y libertad asistida, por el lapso de un (01) año, nueve (09) meses y un (01) día y, diez (10) meses, respectivamente, para ser cumplidas de manera simultánea, en l.....