DISPOSITIVA
Por las razones que se expusieron, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, actuando en sede constitucional, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se ADMITE la ACCIÓN DE AMPARO CONSTITUCIONAL POR OMISIÓN DE TRÁMITE, incoada por el acusado CARLOS NAYIB EL CHAAR COLMENARES, titular de la cédula de identidad Nº V- 18.670.144, asistido por el Abogado GABRIEL MARÍA DE JESÚS KASSEN MACHADO, en contra de la Jueza de Primera Instancia en funciones de Juicio Nº 01, del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, con sede en Guanare, referida a la no tramitación de la juramentación del defensor privado designado por el acusado.
SEGUNDO: Se INADMITE la ACCIÓN DE AMPARO CONSTITUCIONAL POR OMISIÓN DE PRONUNCIAMIENTO JUDICIAL, de conformidad con el numeral 1º del artículo 6 de la Ley Orgánica de Ampar.....