Revisada la presente solicitud de HOMOLOGACION DE ACTA CONVENIMIENTO DE RÉGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR suscrita por los ciudadanos: EZEQUIEL RAMÓN SÁNCHEZ y ANA MARGELIS RODRÍGUEZ ALCANTARA, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nros V-9.406.332 y V-10.637.000 respectivamente, por ante la Defensa Pública Primera de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción del Estado Portuguesa, a cargo de la Abogada Verónica Martínez de Jeffers, sobre la fijación del RÉGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR, que establecen de común acuerdo ambos progenitores en beneficio sus hijos que llevan por nombres y apellidos IDENTIDAD OMITIDA RODRÍGUEZ, de siete (07) y ocho (08) años de edad, respectivamente, quedando establecido en los siguientes términos: PRIMERO: Se acordó que la madre, quien ejerce la custodia de los niños IDENTIDAD OMITIDA, los entregará a su padre los días lunes, martes, miércoles de cada semana los buscará de 07:00 p.m. a 09:00 p.m., y los entre.....