Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta el siguiente pronunciamiento: DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida al ciudadano ABEL JOSÉ SUAREZ, plenamente identificado en autos, por la comisión del delito de Posesión Ilícita de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, tipificado en el artículo 36 de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, todo ello de conformidad con lo pautado en el artículo 40 del Código Orgánico Procesal Penal (Derogado), y en consecuencia, se decreta la extinción de la acción penal, a tenor de lo establecido en el artículo 44 ordinal 7º y artículo 325 ordinal 3º ejusdem.- Asimismo, se decreta el cese inmediato de toda medida de coerción personal que pese contra el probacionario, ordenando oficiar todo lo conducente.