Por lo anteriormente expuesto, este Juzgado de Primera Instancia en función de Ejecución Nº 1, del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA la solicitud de salida transitoria del penado PELLONIS DELGADO ALÍ RAFAEL, titular de la Cédula de Identidad Nº 14.389.227, por estar llenos los extremos del artículo 62 de la Ley de Régimen Penitenciario, por el lapso de Cuarenta y ocho (48) horas contados a partir del día Lunes 24 de Enero del 2011, debiendo pernoctar en la residencia de la Sra. Olimpia Delgado, residenciada en el Barrio San Rafael de la Colonia, Sector I, Guanare, debiendo reingresar al Instituto de Capacitación Agrícola y Artesanal de esta ciudad el día 26 y presentar la oferta de trabajo, la cual debe ser remitida a este juzgado. Regístrese, notifíquese, déjese copia y ofíciese lo conducente.