En consecuencia, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, PRIMERO: HOMOLOGA LA PRESENTE TRANSACCION JUDICIAL en el juicio por PARTICION Y LIQUIDACION DE LA COMUNIDAD CONYUGAL, intentada por la Ciudadana MARYLINDA AVENDAÑO RINCON, Venezolana, Mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad No 7.420.305, de este domicilio, contra el Ciudadano ALFREDO MENDOZA CORREDOR, Venezolano, Mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad No 7.404.648, de este domicilio, en los términos contenidos en el mismo. SEGUNDO: Se ordena librar los oficios correspondientes a los organismos solicitados designando correo especial a la profesional del derecho MARIA DE LOS ANGELES ROAS, en su condición de apoderada Judicial de la Ciudadana MARYLINDA AVENDAÑO RINCON, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad número V- 7......