Mediante decisión de esta misma fecha este Tribunal condenó al adolescente IDENTIDAD OMITIDA, a cumplir la sanción de Libertad Asistida, prevista en el artículo 626 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, por el lapso de seis meses, por la Comisión del Delito de Posesión Ilícita de Sustancias Estupefacientes y Psicotropicas, previsto en el artículo 34 de la Ley Orgánica Contra el Trafico Ilicito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotropicas, ello de conformidad a lo establecido en el artículo 583 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.