Mediante decisión de esta misma fecha este Tribunal acordó imponer a los adolescentes IDENTIDADES OMITIDAS, las medidas cautelares previstas en el artículo 582 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, por imputarseles la presunta comisión del delito de Robo Propio, previsto en el artículo 455 del Código Penal, se acordó la continuación de la investigación bajo la vía ordinaria, se declaró flagrante y legímita la aprehensión de los adolescentes, se acogió la precalificación jurídica dada a los hechos por el Ministerio Público, se acordó la libertad de los adolescentes, se libró lo conducente.