En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: IMPROCEDENTE, la solicitud de ACCION DE AMPARO CAUTELAR requerida por el abogado VICTOR ANTONIO ROA GALENO, actuando en su condición de apoderado judicial de las partes recurrentes en la presente causa, CONSTRUCTORA ALGE, C.A., e INVERSAN 3000, C.A., contra el acto administrativo de efectos particulares relativo a la Certificación de fecha 20/02/2014, signada con el Nro.- 09/14, emanada del INSTITUTO NACIONAL DE PREVENCIÓN, SALUD Y SEGURIDAD LABORALES (INPSASEL). DIRECCIÓN ESTADAL DE SALUD DE LOS TRABAJADORES PORTUGUESA Y COJEDES (DIRESAT), mediante la cual el médico ocupacional certificó que el ciudadano JESUS ADAMES PINEDA sufrió un ACCIDENTE DE TRABAJO.
SEGUNDO: SE ORDENA notificar de la presente decisión al Procurador General de la.....