Por los fundamentos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, éste Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO interpuesta por los ciudadanos: OMAR ANTONIO MEJIAS BARAZARTE y YELITZA DEL CARMEN PEREZ RODRIGUEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros: 9.405.584 y 11.401.658, a la sentencia 1070 del 09 de diciembre del 2016 de la sala constitucional del Tribunal Supremo de Justicia.
SEGUNDO: Corolario de lo anterior conforme al artículo 184 eiusdem, se declara DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL, contraído por los referidos ciudadanos en fecha veinte de Julio de mil novecientos ochenta y siete (20-07-1987), contrajo matrimonio civil por ante la Oficina del Registro Civil del Mu.....