TERCERO:
En razón de lo expuesto este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control Nº 02, Sección Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Acuerda: 1.- Declarar Con Lugar lo solicitado por la Fiscal quinta del Ministerio Público en cuanto al derecho de ser oído a los adolescentes de conformidad con lo establecido en el artículo 542 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y Adolescente; 2.- Se le impone a los adolescentes Identidad Omitida por razones de ley, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V-21.023.360, natural de Guanare Estado Portuguesa, de 16 años de edad, de profesión u oficio estudiante, soltero, fecha de nacimiento 24-07-1992, hijo de Miguel Zabala y Doraca Martínez, residenciado en el Caserío Sun Sun calle principal cerca del tanque de agua, casa S/N, Estado Portuguesa, y Identidad Omitida por razones de ley, venezolano, Titular de .....