DISPOSITIVA
En consecuencia este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL, SECCION ADOLESCENTE DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO PORTUGUESA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ACUERDA:
PRIMERO: Ordena el enjuiciamiento de los adolescentes IDENTIDAD OMITIDA (ART.545 LOPNNA), por la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO DE VEHICULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en el articulo 5 Y 6 ORDINALES 1,2 3, 5. 8 Y 10 de la Ley Sobre Hurto y Robo de Vehículos, y HOMICIDIO CALIFICADO FRUSTRADO EN LA EJECUCION DE UN DELITO EN GRADO DE COATORIA, previsto y sancionado en los artículos 405 y 406 ordinal 1 del código Penal, con relación al artículo 80 ultimo aparte, eiusdem, en perjuicio del ciudadano ANDERSON RAFEAL LUQUE ESPINOZA y la remisión de las presentes actuaciones al Juzgado de Juicio sección adolescente. Se emplazó a las partes para que concurran al tribunal de juicio en un plazo común de ci.....