TERCERO
Por las razones expuestas, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL, SECCIÓN ADOLESCENTE EN FUNCIÓN DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO PORTUGUESA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme a lo establecido en el artículo 562 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, decreta el SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO y declara concluido el presente procedimiento a favor de la adolescente IDENTIDAD OMITIDA (1RT. 545 LOPNNA, por la presunta comisión del delito de Lesiones Culposas, previsto en la ley Orgánica Sobre el derecho de las Mujeres a una vida libre de violencia, en perjuicio de la VASQUEZ ALIRIO TORO, GONZALEZ CARMEN LENEA Y IDENTIDAD OMITIDA (1RT. 545 LOPNNA), en virtud de haber transcurrido un año desde que se dictó Sobreseimiento Provisional sin que la Fiscal del Ministerio Público haya solicitado la reapertura del procedimiento, todo de conformidad con el articulo 5.....