Por los motivos expuestos este Juzgado de Primera Instancia del Circuito Judicial del Estado Portuguesa Sección Adolescente en Funciones de Control, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley considera cumplidas las obligaciones acordadas en la Audiencia de verificación de Condiciones de fecha 07-10-2008 por parte del imputado adolescente IDENTIDAD OMITIDA; en consecuencia decreta el SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO, de conformidad con lo establecido en el artículo 568 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.
En la ciudad de Guanare, a los Ocho (08) días del mes de Octubre de 2009.
LA JUEZ DE CONTROL Nº 1,
Abg. JULET COROMOTO VALERA DE RIVAS
LA SECRETARIA,
Abg. ARGELIA GUEDEZ ROMERO