DISPOSITIVA
Por las razones que anteceden este Juzgado de Primera Instancia en Funciones de Control, Sección Adolescente del Circuito Judicial Penal del estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta el siguiente pronunciamiento: Decreta el SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO, de conformidad con lo establecido en el Artículo 568 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en la causa seguida al Adolescente Imputado (IDENTIDAD OMITIDA), ya identificado plenamente, por el cumplimiento de las condiciones impuestas, transcurrido el lapso acordado y en consecuencia el Cesa la obligación y prohibición impuesta. Quedando las partes notificadas de esta decisión y una vez transcurridos el lapso de ley correspondiente el tribunal acordara la remisión la causa al Archivo Judicial.
Cúmplase lo ordenado por el Tribunal.
En la ciudad de Guanare a los Ocho (08) días del mes de D.....