DISPOSITIVA
Por las razones expuestas, Este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control Nº 1 de la Sección de Responsabilidad Penal de Adolescentes, del Circuito Judicial Penal del estado Portuguesa, actuando en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, Acuerda:
1.- Homologa el Acuerdo Conciliatorio celebrado entre las partes el día de hoy al tenor de lo establecido en el Artículo 566 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, Suspendiendo el Proceso a Prueba por el lapso de seis (06) meses.
2.- Se impone a los Adolescentes Imputados: IDENTIDAD OMITIDA (ART.545 LOPNNA), IDENTIDAD OMITIDA (ART.545 LOPNNA), IDENTIDAD OMITIDA (ART.545 LOPNNA) y IDENTIDAD OMITIDA (ART.545 LOPNNA), al cumplimiento de las siguientes condiciones: A.- La obligación de recibir continuar con sus estudios; B.- La Obligación de someterse a las orientaciones psicológicas mensualmente ante el Equipo Técnico Multidisciplinario de Responsab.....