TERCERO
Por lo anterior expuesto en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, esta Juzgadora de la Sección Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, en funciones de Control, acuerda Concede a la Fiscal Quinta del Ministerio Público un lapso prudencial de Cuarenta y Cinco (45) días a los fines de que la Fiscal Quinta del Ministerio Público presente el acto conclusivo correspondiente al adolescente: Identidad Omitida (art. 65 LOPNNA), domiciliado en la Guafas de Biscucuy, en la presente causa.
Quedaron notificadas las partes presentes de esta decisión.
En la ciudad de Guanare a los once días (11) de Octubre del dos mil diez.
EL JUEZ DE CONTROL NO 1,
Abg. JUAN SALVADOR PAEZ.
LA SECRETARIA,
Abg. Dania Leal