Por las consideraciones expuestas en el presente auto, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en funciones de Control de la Sección Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por autoridad de la Ley, decreta:
PRIMERO: Dado a la solicitud expuesta por la defensora Publica II Abg. Taide Jiménez, y en vista de que ciertamente cursan causa nº 2C-989-14 ante el Tribunal de Control nº 02 en contra de los referidos adolescentes, se declina la competencia de la causa al Tribunal de control nº 02, Sección Penal Adolescentes de este Circuito Judicial Penal.
SEGUNDO: Exonerar al Abg. Luis Arocha como Defensor Público I de la presente causa.
TERCERO: Acuerda la expedición de las copias simples del acta de audiencia levantada en el día de hoy peticionadas por la Fiscal del Ministerio Público y por la Defensa.
CUARTO: Seguidamente las partes manifestaron su conformidad con la decisión dic.....