Por las razones que anteceden, este Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, en Funciones de Control N° 1 Sección Adolescente, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA Con Lugar el pedimento realizado por la Fiscal del Ministerio Público y la defensa y en consecuencia DECRETA el sobreseimiento definitivo de la presente causa de conformidad con lo establecido en el artículo 568 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en relación con el artículo 48 numeral 7 del Código Orgánico Procesal Penal, a favor del adolescente imputado IDENTIDAD OMITIDA por el cumplimiento de las obligaciones impuestas en fecha 30 de enero de 2008 y transcurrido como ha sido el plazo establecido para ello, así mismo se le Revoca las medidas cautelares impuestas en su oportunidad. En relación al adolescente imputado IDENTIDAD OMITIDA, se ACUERDA Con lugar el pedimento realizado p.....