TERCERO:
Por las razones que anteceden, este Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, en Funciones de Control N° 1 Sección Adolescente, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta:
PRIMERO: Decreta el SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO a favor del Adolescente: OMITE POR RAZONES DE LEY, plenamente identificado en autos, de conformidad a lo establecido en el Artículo: 568 de la Ley Orgánica para La Protección del Niño y del Adolescente. Notifíquese a las Victimas de la Decisión dictada por el Tribunal.
SEGUNDO: Se ordenará la remisión de la presente Causa signada con el Nº 1C-968-14 al Archivo Judicial, una vez cumplido los lapsos legales correspondientes. Notifíquese al Coordinador del Equipo Técnico Multidiciplinario de la Lopnna.
TERCERO: Se Acuerda: la expedición de las copias simples del acta de audiencia que se levante en el día de hoy peticionadas por el Fiscal del Ministe.....