CUARTO
Por las razones expuestas este Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, en Funciones de Control N° 1, Sección Adolescente, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, 1.- Admite la acusación presentada por el Ministerio Público; de igual manera admite los medios de pruebas presentados y la calificación Jurídica dada por el Ministerio Público al hecho.
2.- Se impone y se le explica didácticamente al Adolescente Imputado: (IDENTIDAD OMITIDA), con relación a la institución de la admisión de los hechos, los cuales admitió y en tal sentido se le impuso la sanción inmediatamente.
3.- Condena al Adolescente (IDENTIDAD OMITIDA), plenamente identificado en autos, por la comisión del delito de POSESION ILICITA DE DROGAS, previsto y sancionado en el Artículo 153 de la Ley Orgánica de Droga, en perjuicio del Estado Venezolano
4.- Le impone al adolescente (IDENTIDAD OMITIDA), la Medi.....