Por las razones expuestas, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL LEONZO ANTONIO CHIRINOS SECCIÓN ADOLESCENTE EN FUNCIÓN DE CONTROL, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo establecen los artículo 578 literal “d” y el artículo 566 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente HOMOLOGA EL ACUERDO CONCILIATORIO ENTRE LAS PARTES y SUSPENDE EL PROCESO A PRUEBAS, por el lapso de UN (01) AÑO, en virtud de que el hecho punible que se le atribuyen al Adolescente imputado ALVARO ANTONIO RODRÍGUEZ GOMEZ, no amerita como sanción la privación de libertad tal como lo dispone el artículo 564 de la Ley in comento, por el procedimiento que se iniciara en contra de éste, identificado UT SUPRA, por el hecho ocurrido en fecha 04-04-2009, a las 10:30 horas de la noche, tal como quedó establecido en la segunda parte de esta decisión, calificándose jurídicamente como Homic.....