Oídas la intervención de las partes, revisado el escrito presentado por la Representante del Ministerio Publico, quien decide considerar que están llenos los requisitos formales de la acusación conforme al articulo 570 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente y que existe fundamento serio para el enjuiciamiento del imputado en consecuencia realizando el control formal y material de la acusación, este Tribunal Sección Penal Adolescentes en funciones de Control N° 1 , en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley , dicta los siguientes pronunciamientos:
1.- Admite la Acusación totalmente en contra del adolescente imputado IDENTIDAD OMITIDA; admite la totalidad de las Pruebas ofrecidas por el Ministerio Público, por ser pertinentes y necesarios y la calificación jurídica dada como Posesión Ilícita de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas.
2.- Admite parcialmente las pruebas promovidas por el Defensor Privado, e.....