TERCERO:
Por las razones expuestas, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL, SECCIÓN ADOLESCENTE EN FUNCIÓN DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO PORTUGUESA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, conforme a lo establecido en el artículo 568 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, decreta el SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO y declara concluido el presente procedimiento a favor de la adolescentes: (IDENTIDADES OMITIDAS), por la presunta comisión del delito de: LESIONES INTENCIONALES LEVES, en perjuicio de la ciudadana: SÁNCHEZ ROSMARY BELÉN, en virtud de haber cumplido la condición pactada así como el tiempo para ello establecido.
Por cuanto la presente decisión pone fin al proceso se ordena notificar a las partes.
Dada, Firmada, sellada en la ciudad de Guanare, el día Veinticinco (25) del mes de Febrero de 2008. Años 197° y 148°.
La Jueza de Control N° 1,
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