Por lo precedentemente expuesto este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL, EN FUNCIONES DE CONTROL, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, AUTORIZA el traslado del adolescente identidad omitida por razones de ley, hasta el Centro Medico San Antonio de esta ciudad de Guanare, a los fines de que le sean practicado los exámenes de laboratorios. A tales efectos se ordena que dicho traslado sea realizado con las seguridades del caso a las 8 a.m. del día 4 de Julio del 2006. Ofíciese lo conducente.
Pronunciamiento que se dicta a los tres días del mes de julio del 2006.
Notifíquese a las partes de la presente decisión.
LA JUEZ DE JUICIO
ABG. ROSANNA PIRELLI MARTÍNEZ
LA SECRETARIA
ABG. OMLY SOTO