Este Juzgado de Primera Instancia en Función de Control Sección Adolescente del Circuito Judicial Penal del estado Portuguesa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley ACUERDA:
Único: Declarar con lugar la solicitud formalizada por la Fiscal Quinto del Ministerio Público, referida a oír declaración al adolescente identidad omitida, de conformidad con el articulo 49 numeral 4to de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, el articulo 542 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.
En Guanare, siete de mayo del dos mil cinco.
La Juez de Control No 2.
Abg. ZORAIDA GRATEROL DE URBINA.
La Secretaria,
Abg. HILDA ROSA RODRIGUEZ.