Tercero: Por las razones que anteceden, este Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, en Funciones de Control N° 2, Sección Adolescente, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta el Sobreseimiento Definitivo en la causa seguida al adolescente IDENTIDAD OMITIDA, de conformidad con el articulo 568 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente, por haber cumplido en el plazo establecido las condiciones impuestas en fecha. 08-03-2010. Se decreta su libertad plena. Notifíquese a la víctima ya al Equipo Multidisciplinario.
Es justicia en Guanare a los a los 12 días del mes de Abril del año Dos Mil Once.
LA JUEZ DE CONTROL N° 2,
Abg. ZORAIDA GRATEROL DE URBINA
LA SECRETARIA,
ABG. HILDA ROSA RODRÍGUEZ ORTEGA