TERCERO:
Por las razones que anteceden, este Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, en Funciones de Control N° 2, Sección Adolescente, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Decreta el Sobreseimiento Definitivo a favor del Adolescente Imputado: IDENTIDAD OMITIDA plenamente identificada en autos, de conformidad a lo establecido en el Artículo 568 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Se otorga su libertad plena. Ofíciese lo conducente al Equipo Técnico Multidisciplinario y la remisión de la presente Causa al Archivo Judicial, una vez cumplido los lapsos legales correspondientes.
En la ciudad de Guanare, a los 14 días del mes de Abril del año Dos Mil Once.
La Juez de Control N° 2,
Abg. ZORAIDA GRATEROL DE URBINA
La secretaria,
Abg. Hilda Rosa Rodríguez Ortega.