DISPOSITIVA
Por las consideraciones antes expuestas, este Tribunal Segundo de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del estado Portuguesa, Sección Adolescentes, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por autoridad de la Ley, declara con lugar lo solicitado por la Fiscalía Quinta del Ministerio Público, en consecuencia autoriza la destrucción de la sustancia incautada en el expediente 181C-DPIF-F5-0118.2012, seguido por el delito de posesión ilícita de drogas, donde aparece como imputado el adolescente (Se omite en conformidad con el parágrafo segundo del artículo 65 y artículo 545 de la LOPNNA), cuya experticia botánica numerada 9700-057-221, determinare que la sustancia incautada es cannabis sativa linne (Marihuana), con un peso neto de doce gramos con cuatrocientos miligramos (12 grs,400 m), destacándose que la muestra utilizada fue la cantidad de doscientos miligramos (200 m), la cual actualmente se encuentra depositada en .....