por lo que este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, a los fines de garantizar una justicia expedita, sin dilaciones, una tutela judicial efectiva de conformidad con el articulo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, acuerda la ubicación inmediata del adolescente identidad omitida, a través de los organismos policiales competentes, en este caso a través de la Comandancia General de Policía de Bocono Estado Trujillo; por lo que acuerda diferir la celebración de la presente audiencia preliminar la cual se fijara por auto separado, una vez que el tribunal tenga conocimiento de la ubicación del adolescente imputado. Las partes presente quedaron notificadas de la presente decisión. Se acuerda librar los oficios respectivos.
La Jueza de Control N° 2,
Abg. Zoraida Graterol Venegas de Urbina.
La Secretaria,
Abg. Argelia Guedez.