DISPOSITIVA
Por las razones expuestas, Este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control, de la Sección de Responsabilidad Penal de Adolescentes, del Circuito Judicial Penal del estado Portuguesa, actuando en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela, por Autoridad de la ley:
PRIMERO: Declaró con lugar lo peticionado por el Fiscal V del Ministerio Público, en consecuencia se prolonga el cumplimiento de la condición pactada en Audiencia Preliminar de fecha 03-04-2012, por el lapso de dos (02) Meses contados a partir del día de hoy, venciendo el día 21-10-2012, quedando los Adolescentes (Se omite en conformidad con el parágrafo segundo del artículo 65 y artículo 545 de la LOPNNA), comprometidos al cumplimiento de la obligación de estudiar y consignar la respectiva constancia dentro de los dos meses acordados.
SEGUNDO: Se fijó la celebración de la audiencia de verificación correspondiente para el día lunes 22 de Octubre de 2012 a las 9:00 horas.....