Este Tribunal de primera Instancia en lo Penal del Circuito Judicial del Estado Portuguesa, en Función de Control No. 2 de la sección Adolescente en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley acuerda poner a disposición de las partes la Acusación formulada por la ciudadana Fiscal Quinta del Ministerio Público en contra de la adolescente identidad omitida, de conformidad con el artículo 571 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y Adolescente. Las partes quedaron notificadas de la presente decisión. En la ciudad de Guanare a los veintidós (22) días del mes de Marzo de 2005.
LA JUEZ DE CONTROL Nº. 2
ABG. ZORAIDA RAMONA GRATEROL DE URBINA.
LA SECRETARIA
Abg. ARGELIA GUEDEZ ROMERO.-