Por las razones expuestas, este Juzgado de Primera Instancia en Función de Control, Sección Adolescente del Circuito Judicial Penal del estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme a lo establecido en el articulo 578 literal ¿d¿ y 566 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, homologa el acuerdo conciliatorio entre las víctimas identidad omitida y Maturín Luís Octavio y el imputado identidad omitida, debidamente identificado Ut Supra, en virtud de que el delito que se le atribuye al adolescente imputado, en la acusación formulada por el Ministerio Público, no merece como sanción la privación de libertad, por el procedimiento que se inició en fecha el día 27 de Septiembre de 2003; a las 5:00 horas de la tarde aproximadamente, en el barrio la arenosa, calle 11, Guanare, estado Portuguesa, por el delito de Lesiones Intencionales Leves en Grado de Cooperación, previsto .....