En razón de lo expuesto este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION DE CONTROL Nº 2 SECCION ADOLESCENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO PORTUGUESA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Acuerda:
Declarar con lugar la solicitud hecha por la Fiscal Quinta del Ministerio Público, referida a oír declaración y decreta la detención preventiva de conformidad con el artículo 559 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en contra de los adolescentes IDENTIDADES OMITIDAS, ya identificados tal como quedó establecido anteriormente, por la presunta comisión del delito de Homicidio Intencional previsto y sancionado en el artículo 405 del Código Penal y Violación previsto y sancionado en el artículo 374 ejusdem, en perjuicio de la ciudadana Karli Rossi Angarita Torrealba. Esta detención preventiva, será cumplida hasta la realización de la Audiencia Preliminar. Acordada esta d.....