Este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO PORTUGUESA, EN FUNCIONES DE CONTROL N° 2, SECCIÓN ADOLESCENTES, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo establece el artículo 561 literal ¿e¿ de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, decreta el SOBRESEIMIENTO PROVISIONAL, en la causa seguida a los adolescentes identidades omitidas identificados UT SUPRA, por el hecho ocurrido en fecha 01 de Enero de 2005, a las 8:00, en perjuicio de Nelson Ibarra Hernández.
Notifíquese de la presente decisión al Fiscal del Ministerio Público, Imputados y Defensor.
En Guanare a los veintisiete días del mes de abril del año 2005.
LA JUEZA DE CONTROL N° 2
Abg. ZORAIDA GRATEROL DE URBINA,
LA SECRETARIA,
Abg. ARGELIA GUEDEZ ROMERO