DISPOSITIVA
Por las razones que anteceden, este Tribunal Segundo de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, en funciones de Control de la Sección Adolescente, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por Autoridad de la Ley, decreta:
PRIMERO: el Sobreseimiento Definitivo de la presente causa a favor del adolescente (Se omite), pedimento realizado por la Fiscal V Auxiliar del Ministerio Público y la defensa pública II, causa instruida por el delito de resistencia a la autoridad, previsto en el artículo 218 del Código Penal, en perjuicio del Estado venezolano, sobreseimiento dictado como efecto del cumplimiento de la condición impuesta en fecha 14-03-2012, de conformidad con lo establecido en el artículo 568 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y artículos 46 y 49.7 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: Se ordena la remisión de la presente causa signada con el Nº 2C-665.....