DISPOSITIVA
Por las razones expuestas este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio le la Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, acuerda:
PRIMERO: Admite la acusación presentada por el ministerio Público; de igual manera admite los medios de pruebas presentados por el Ministerio Público y la calificación Jurídica dada por el Ministerio Público por la comisión del delito de Robo Agravado de Vehículo Automotor en grado de Coautoría, previsto en los artículos 5 y 6 ordinales 3 y 12 de la Ley sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores, en relación con el artículo 83 del Código Penal, en perjuicio del Ciudadano Alexander Gómez Arévalo.
SEGUNDO: Se impone y se le explica didácticamente al adolescente acusado (SE OMITE POR RAZONES DE LEY), con relación a la figura de admisión de los hechos y de seguido se le otorgo el derecho de palabra con la finalidad de que informe al tribun.....